Tema(s): Clasificación CDD:
- AP000687-2013
| Tipo de ítem | Biblioteca actual | Colección | Signatura topográfica | Estado | |
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| Artículo Periódico | MOPT | Hemeroteca | AP000687-2013 (Navegar estantería(Abre debajo)) | Disponible |
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Las condenas en juicios de tránsito no garantizan el pago de daños a los propietarios de los vehículos afectados en accidentes de tránsito. En el caso de quiénes tienen seguro y resultan culpables, éstos se pueden arrogar la potestad de decidir si autorizan el uso de la póliza o no, mientras que en otros casos los conductores ni siquiera cuentan con una cobertura. Lo anterior implica, que las personas que no fueron responsables del accidente, se pueden quedar a la espera de que el otro pague lo que corresponde, pues la única salida es volver donde el juez para recriminar que no se realizó la indemnización, o recurrir a un nuevo juicio, pero está vez porque no se acató el ordenamiento jurídico. En el caso del Instituto Nacional de Seguros (INS), la subjefe de la Dirección de Operaciones, Grace Segura, manifestó que muchas veces los casos o llegan hasta la entidad por tres motivos. El primero es que la gente concilia, el segundo que no se activa la póliza de seguro y el tercero que no se tiene cobetura.
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