"Decreto de Emergencia que sustentó trocha fronteriza no soportaría un análisis de legalidad"
Analíticas: Mostrar analíticasTema(s): Clasificación CDD:- AP000739-2013
| Tipo de ítem | Biblioteca actual | Colección | Signatura topográfica | Estado | |
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| Artículo Periódico | MOPT | Hemeroteca | AP000739-2013 (Navegar estantería(Abre debajo)) | Disponible |
Esta es una de las conclusiones a las que llegó Mario Peña, profesor de la Maestría de Derecho Ambiental de la Universidad de Costa Rica (UCR), quien hizo un análisis legal y constitucional de la trocha fronteriza y más específicamente del decreto de emergencia que le da sustento a la ruta. "En su análisis de fondo, la Sala indicó que a la luz del Derecho Constitucional y a raíz de la invasión por la ocupación ilegal y la intervención de instancias internacionales, se ve justificado desde una perspectiva constitucional. pero la misma Sala dice que establecer si esa fundamentación (decreto de emergencia) es válida o no, o si es contraria a las reglas de la ciencia, la técnica, la lógica y la conveniencia, es una tarea que no le compete a ellos por lo que le pasa la responsabilidad al Tribunal Contencioso que sí puede analizar el motivo y el fin de este acto administrativo", explicó Peña. Peña resalta que lo que hace la Sala es "lavarse la manos, muy similar a lo que hizo con el caso de Crucitas", al indicar que los daños ambientales causados con la construcción de la vía se deben resolver por medio de otros mecanismos jurídicos.
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