Japdeva brinda transporte a empleados pero, si el bus se atrasa 15 minutos, debe pagarles ese tiempo extra Según señala Convención Colectiva

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  • AP001721-2014
En: crhoy.comNoticias24/7 21(10) , ( 30 de octubre 2014),Resumen: La Junta de Administración Portuaria de la Vertiente Atlántica (Japdeva) proporciona el transporte, de ida y regreso, a todos los trabajadores que así lo requieran. Sin embargo, si al finalizar la jornada no hay transporte disponible y el tiempo de espera supera los 15 minutos, la institución debe reconocer ese lapso para efecto de remuneración como si fuera tiempo efectivo de trabajo.Así se contempla en el Artículo 32 de la Convención Colectiva de la entidad, que está vigente desde el 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de este año. Allí se señalan una serie de beneficios que disfrutan los trabajadores actualmente y que podrían modificarse en los próximos meses, según reconocen las autoridades actuales.
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La Junta de Administración Portuaria de la Vertiente Atlántica (Japdeva) proporciona el transporte, de ida y regreso, a todos los trabajadores que así lo requieran. Sin embargo, si al finalizar la jornada no hay transporte disponible y el tiempo de espera supera los 15 minutos, la institución debe reconocer ese lapso para efecto de remuneración como si fuera tiempo efectivo de trabajo.Así se contempla en el Artículo 32 de la Convención Colectiva de la entidad, que está vigente desde el 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de este año. Allí se señalan una serie de beneficios que disfrutan los trabajadores actualmente y que podrían modificarse en los próximos meses, según reconocen las autoridades actuales.

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