En firme decreto que reglamenta Ley de Movilidad y Seguridad Ciclística

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  • AP001630-2019
En: Portal MOPT 26(12), (13 de diciembre 2019),Resumen: El presidente de la República, Carlos Alvarado Quesada, firmó la mañana de este martes 12 de diciembre, el decreto que reglamenta la Ley de Movilidad y Seguridad Ciclística, cuyo objetivo es dar sustento a las políticas, los lineamientos y las directrices que se deriven de dicha ley.El reglamento fue elaborado por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) en conjunto con el Ministerio de Educación Pública (MEP) y el Ministerio de Hacienda, cuyos jerarcas firmaron también el decreto.El presidente Alvarado acotó que el reglamento busca facilitar el desarrollo de instrumentos para el fomento, la administración, la promoción y el control de la movilidad ciclista, en resguardo de la seguridad integral de las personas y el respeto por los espacios destinados para tal fin.Destacó los esfuerzos llevados a cabo por las diferentes instituciones, con la participación ciudadana, para la transformación que requiere el país a fin de potenciar la movilidad compartida.El Decreto Ejecutivo consta de VII capítulos que contemplan -entre otros temas- la planificación de la movilidad activa, estableciendo lineamientos y responsables para la elaboración del Plan Nacional de Movilidad activa, integrando la movilidad ciclista y peatonal.
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El presidente de la República, Carlos Alvarado Quesada, firmó la mañana de este martes 12 de diciembre, el decreto que reglamenta la Ley de Movilidad y Seguridad Ciclística, cuyo objetivo es dar sustento a las políticas, los lineamientos y las directrices que se deriven de dicha ley.El reglamento fue elaborado por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) en conjunto con el Ministerio de Educación Pública (MEP) y el Ministerio de Hacienda, cuyos jerarcas firmaron también el decreto.El presidente Alvarado acotó que el reglamento busca facilitar el desarrollo de instrumentos para el fomento, la administración, la promoción y el control de la movilidad ciclista, en resguardo de la seguridad integral de las personas y el respeto por los espacios destinados para tal fin.Destacó los esfuerzos llevados a cabo por las diferentes instituciones, con la participación ciudadana, para la transformación que requiere el país a fin de potenciar la movilidad compartida.El Decreto Ejecutivo consta de VII capítulos que contemplan -entre otros temas- la planificación de la movilidad activa, estableciendo lineamientos y responsables para la elaboración del Plan Nacional de Movilidad activa, integrando la movilidad ciclista y peatonal.

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