¿Tributación cobrará IVA a viajes hechos con Uber o DiDi fuera de Costa Rica?
Tema(s): Clasificación CDD:- AP001443-2020
| Tipo de ítem | Biblioteca actual | Colección | Signatura topográfica | Estado | |
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| Artículo Periódico | MOPT | Hemeroteca | AP001443-2020 (Navegar estantería(Abre debajo)) | Disponible |
A partir de este 18 de diciembre los viajes realizados a través de la plataforma tecnológica serán sujetos al cobro del 13 porciento del IVA por parte de la entidad financiera o bancaria domiciliada en el país que emite la tarjeta del usuario registrado. Cada banco o ente financiero entregará el cobro del impuesto al Ministerio de Hacienda. El IVA aplicará a todos los servicios de transporte que Uber o DiDi brinden en territorio costarricense. Si usted usa su cuenta de Uber o DiDi en otro país, y cancela con la tarjeta costarricense registrada en la plataforma, será sujeto del cobro del 13 porciento del IVA. Sin embargo, si la retención del impuesto se hace efectiva, podrá presentar un reclamo de devolución.
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