MOPT recuerda las excepciones a la restricción vehicular por número placas en San José

Por: Tema(s): Clasificación CDD:
  • AP000660-2023
En: El Mundo Cr 30(04), (18 de abril 2023),Resumen: El Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), recuerda las excepciones a la restricción vehicular por número placas en San José.Resumen: Excepciones:Resumen: Todos los vehículos policiales y de atención de emergencias.Resumen: Todos los vehículos de transporte público, incluso los de servicios especiales, turismo y de estudiantes.Resumen: Vehículos que transportan personas con una condición de discapacidad, debidamente identificados.Resumen: Motocicletas.Resumen: Vehículo que transportan cemento fresco. Vehículos rentados.Resumen: Vehículos de carga liviana que transporten productos perecederos (deben probarlo con la documentación del caso).Resumen: Vehículos con ocupación plena (conductor y tres ocupantes, al menos) pueden circular de 6 am a 8 am y de 4:30 pm a 7 pm.Resumen: Cuando en una casa se tienen 2 o más vehículos con restricción el mismo día, a nombre de una misma persona física o de cónyuges o de convivientes (tramitar permiso).Resumen: No se aplica en días feriados.Resumen: Vehículos amigables con el ambiente.Resumen: Vehículos de carga pesada.
Etiquetas de esta biblioteca: No hay etiquetas de esta biblioteca para este título. Ingresar para agregar etiquetas.
Valoración
    Valoración media: 0.0 (0 votos)
Existencias
Tipo de ítem Biblioteca actual Colección Signatura topográfica Estado
Artículo Periódico MOPT Hemeroteca AP000660-2023 (Navegar estantería(Abre debajo)) Disponible

El Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), recuerda las excepciones a la restricción vehicular por número placas en San José.

Excepciones:

Todos los vehículos policiales y de atención de emergencias.

Todos los vehículos de transporte público, incluso los de servicios especiales, turismo y de estudiantes.

Vehículos que transportan personas con una condición de discapacidad, debidamente identificados.

Motocicletas.

Vehículo que transportan cemento fresco. Vehículos rentados.

Vehículos de carga liviana que transporten productos perecederos (deben probarlo con la documentación del caso).

Vehículos con ocupación plena (conductor y tres ocupantes, al menos) pueden circular de 6 am a 8 am y de 4:30 pm a 7 pm.

Cuando en una casa se tienen 2 o más vehículos con restricción el mismo día, a nombre de una misma persona física o de cónyuges o de convivientes (tramitar permiso).

No se aplica en días feriados.

Vehículos amigables con el ambiente.

Vehículos de carga pesada.

No hay comentarios en este titulo.

para colocar un comentario.