TY - GEN AU - Lara S., Juan Fernando TI - Restricción vehicular comenzará a las 10 p. m. a partir del 9 de agosto U1 - AP001059-2021 KW - RESTRICCION VEHICULAR KW - COVID-19 KW - EMERGENCIA NACIONAL N2 - La restricción vehicular comenzará a regir a las 10 p .m. a partir del lunes 9 de agosto, es decir, una hora más tarde de lo que se venía aplicando en los últimos meses. De esta forma, servicios como restaurantes, bares y otros comercios podrán ampliar su horario de operación, que quedaría desde las 5 a.m. hasta las 10 p.m; Se informó además que los aforos en bares permanecerán en 25 porciento de su capacidad, autobuses sin pasajeros de pie y hoteles con más de 100 habitaciones solo al 75 porciento de su capacidad. Sin embargo, hay algunas medidas que sí se flexibilizan tales como Establecimientos para actividades artísticas, el horario para el cierre de playas, el funcionamiento de las canchas de fútbol 5, entre otros ER -