Seguridad en la conducción y bolsas de aire

Por: Tema(s): Clasificación CDD:
  • AP001610-2011
En: La Prensa Libre 18(11), (26 noviembre 2011), 15Resumen: Recientemente ha sido motivo de polémica en los medios de comunicación y en el ámbito legislativo, la obligatoriedad establecida en el proyecto de reforma a la Ley de Tránsito, expediente 18.032, respecto a que los vehículos deban contar con bolsas de aire en su parte delantera. Afirman quienes apoyan eta iniciativa que las bolsas de aire representan un mayor nivel de seguridad para los choferes y sus acompañantes e, incluso, que en todo el mundo es exigido su uso, por lo cual, la reciente decisión de los diputados de la Comisión Especial de Tránsito de hacer de esta exigencia un tema voluntario es un retroceso en cuanto a seguridad vial se refiere.
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Recientemente ha sido motivo de polémica en los medios de comunicación y en el ámbito legislativo, la obligatoriedad establecida en el proyecto de reforma a la Ley de Tránsito, expediente 18.032, respecto a que los vehículos deban contar con bolsas de aire en su parte delantera. Afirman quienes apoyan eta iniciativa que las bolsas de aire representan un mayor nivel de seguridad para los choferes y sus acompañantes e, incluso, que en todo el mundo es exigido su uso, por lo cual, la reciente decisión de los diputados de la Comisión Especial de Tránsito de hacer de esta exigencia un tema voluntario es un retroceso en cuanto a seguridad vial se refiere.

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